martes, 7 de julio de 2009

Relevamiento de Riesgos Laborales

1. ¿Qué es el Relevamiento General de Riesgos Laborales?

El Relevamiento General de Riesgos Laborales (RGRL) constituye el ANEXO 1 de la Res. 463 modificada por la Res 529/09 y está conformado por:

El formulario “Estado de cumplimiento en el establecimiento de la normativa vigente”. Existen 3 formularios diferentes:

  • el correspondiente al Decreto 351/79 (para todas las actividades menos construcción y Agro),
  • el referido al Decreto 911/96 (para obras de la construcción) y
  • el del Decreto 617/97 (para empresas del Agro)

  1. El “Listado de Sustancias y Agentes Cancerígenos” (Planilla A)
  2. El “Listado de Difenilos Policlorados” (Planilla B)
  3. El “Listado de Sustancias Químicas a declarar” (Planilla C)
Un apartado con datos y firmas del responsable de la Declaración Jurada

2. ¿Qué planillas se deben completar?

Todas las empresas deberán completar el formulario “Estado de cumplimiento en el establecimiento de la normativa vigente” más el apartado con datos acerca de la representación gremial, si la tuviera y los responsables de la Declaración Jurada junto a sus firmas.

Las Planillas A y B sólo deberán completarse en caso de tener los trabajadores exposición a las sustancias definidas en cada listado.

La Planilla C sólo deberá completarse de contar la empresa con las sustancias definidas en ese listado en cantidades importantes (toneladas).

3. ¿Qué es el Listado de Sustancias y Agentes Cancerígenos (Planilla A)?

Este listado contiene las sustancias reconocidas por la legislación argentina como cancerígenas para el hombre. Este formulario sólo debe completarse en caso de tener los trabajadores exposición a dichas sustancias.

4. ¿Qué es el Listado de Difenilos Policlorados (Planilla B)?

Este listado contiene las sustancias que implican riesgo higiénico para el hombre. Este formulario sólo debe completarse en caso de tener los trabajadores exposición a dichas sustancias.

5. ¿Qué es el Listado de Sustancias Químicas (Planilla C)?

Este listado contiene las sustancias que, almacenadas en cantidades importantes (toneladas) resultan potencialmente peligrosos para las instalaciones. En este caso, las empresas comprendidas deberán completar dicho formulario.

6. ¿Quién deberá completar y firmar este Relevamiento General de Riesgos Laborales (RGRL)?

El RGRL deberá ser firmado por el empleador o profesional responsable según el Decreto 1338/96. Los datos allí consignado tienen carácter de declaración jurada. Es necesario que, además de firmar en el apartado correspondiente, se firmen cada una de las hojas que conformen el Relevamiento General de Riesgos Laborales.

En el caso de que la empresa esté obligada a contar con Servicio de Higiene y Seguridad (según el Decreto 1338/96), el RGRL sí deberá estar firmado por el profesional responsable del mismo.

Las empresas que están exceptuadas de la obligación de tener asignación de profesionales y técnicos en higiene y seguridad, de acuerdo al artículo 14 del Decreto 1338/96, son:

a) Los establecimientos dedicados a la agricultura, caza, silvicultura y pesca, que tengan hasta QUINCE (15) trabajadores permanentes.

b) Las explotaciones agrícolas por temporada.

c) Los establecimientos dedicados exclusivamente a tareas administrativas de hasta DOSCIENTOS (200) trabajadores.

d) Los establecimientos donde se desarrollen tareas comerciales exclusivamente de hasta CIEN (100) trabajadores, siempre que no se manipulen, almacenen o fraccionen productos tóxicos, inflamables, radioactivos o peligrosos para el trabajador.

e) Los servicios médicos sin internación.

f) Los establecimientos educativos que no tengan talleres.

g) Los talleres de reparación de automotores que empleen hasta CINCO (5) trabajadores equivalentes.

h) Los lugares de esparcimiento público que no cuenten con áreas destinadas al mantenimiento, de menos de TRES (3) trabajadores.

7. ¿Qué ocurre si la empresa cuenta con más de un establecimiento?

En caso de que la empresa cuento con más de un establecimiento, se deberá completar un RGRL por cada uno de ellos.

8. ¿Cómo completar el formulario “Estado de cumplimiento en el establecimiento de la normativa vigente”?

Este formulario deberá ser completado obligatoriamente en todos sus campos sin omisión de ninguna de las filas. El mismo presenta 3 opciones: SI (cumple con el item), NO (no cumple con el item) y No Aplica (no corresponde a ninguna condición en el establecimiento).

El Cuarto casillero, Fecha de Regularización, debe ser completado en los casos en que se coloque NO a la pregunta, para lo cuál se deberá fijar la fecha de cumplimiento del mismo.

9. ¿Cuándo se deberá presentar la RGRL?

El RGRL deberá entregarse una vez por año en la fecha de renovación de vigencia del contrato, por ello aquellas empresas que tienen como fecha de vigencia el 1° de agosto, deberán hacer llegar esta Declaración Jurada (RGRL) antes de esta fecha a La Caja ART

10. ¿Dónde presentar la RGRL?

Deberá enviar el RGRL firmado a La Caja ART, Guardia de Prevención, Fitz Roy 957 Capital Federal (C 1414CHI).

En caso de encontrarse cerca de una de nuestras Sucursales del Interior, podrá entregar allí un Sobre dirigido a Gerencia de Prevención La Caja ART (Res. 463) Fitz Roy 957 EP Capital Federal

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